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El Seguro Familiar de Salud (SFS)

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El Seguro Familiar de Salud (SFS)

Todo afiliado al SFS que quede sin empleo formal remunerado, y haya cotizado a la Seguridad Social durante los últimos seis meses anteriores a la pérdida del empleo, tiene derecho a recibir las atenciones de salud.

Continuamos con nuestra serie de artículos sobre los derechos básicos del ciudadano, esta vez referente a la salud, esto con el propósito de que conozca cuáles son los beneficios y los requisitos para el disfrute de los mismos, así como el reclamo en caso de que no se niegue el acceso a lo que estipula la ley.

El Seguro Familiar de Salud (SFS) tiene por finalidad, la protección integral de la salud física y mental del afiliado y su familia, así como alcanzar una cobertura universal sin exclusiones por edad, sexo, condición social, laboral o territorial, garantizando el acceso regular de los grupos sociales más vulnerables y velando por el equilibrio financiero, mediante la racionalización del costo de las prestaciones y de la administración del sistema.

El Seguro Familiar de Salud comprende la promoción de la salud, la prevención y el tratamiento de las enfermedades, la rehabilitación del enfermo, el embarazo, el parto y sus consecuencias.

No comprende los tratamientos derivados de accidentes de tránsito, ni los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales, los cuales están cubiertos por la ley 4117,  sobre Seguro Obligatorio de Vehículos de Motor y por el Seguro de Riesgos Laborales establecido en la ley 87-07 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS).

Beneficiarios del Seguro Familiar de Salud:

Son titulares del derecho a la promoción de la salud, prevención de las enfermedades y a la protección, recuperación y rehabilitación de su salud y preservación del medio ambiente, sin discriminación alguna, todos los dominicanos y los ciudadanos extranjeros que tengan establecida su residencia en el territorio nacional. La familia del asegurado incluye:

• Al cónyuge, compañero o compañera de vida debidamente registrado;

• Los hijos e hijastros menores de 18 años o menores de 21 años, si fueran estudiantes, o sin límite de edad si son discapacitados, y los padres si son dependientes, mientras no sean ellos mismos afiliados al Sistema Dominicano de Seguridad Social.

Los afiliados al Seguro Familiar de Salud del Régimen Contributivo tienen, entre otros derechos:

• Derecho a cambiar de ARS cuando cumpla con el pago de las 12 cotizaciones consecutivas donde esté afiliado

• Derecho a que el recién nacido reciba todas las atenciones de servicios de salud durante los primeros 60 días con el carnet de la madre. Pasado este tiempo el recién nacido deberá tener de forma obligatoria su propio registro de afiliación para recibir los servicios de la ARS. Solo tienen que depositada el acta de nacimiento del bebé a la ARS

• Derecho a que los afiliados y sus dependientes reciban atención de salud de su ARS, sin importar que el empleador esté atrasado en el pago de las cotizaciones a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) en un período menor a 60 días.

¿Tendré seguro si me quedo sin empleo?

Todo afiliado al SFS que quede sin empleo formal remunerado, y haya cotizado a la Seguridad Social durante los últimos seis meses anteriores a la pérdida del empleo, tiene derecho a recibir las atenciones de salud contempladas en el Catálogo de Prestaciones, incluyendo a sus dependientes.

Todo afiliado y sus dependientes, tienen derecho a la continuidad de la atención en salud durante 60 días a partir del retraso en el pago por parte del empleador de las cotizaciones al SFS.

¿Qué es el Seguro Nacional de Salud (SENASA)?

Es una ARS pública, descentralizada, con patrimonio propio y personería jurídica, autorizada a asumir y administrar el riesgo de la provisión del Plan Básico de Salud a los empleados públicos, los de instituciones descentralizadas, a los trabajadores del Régimen Contributivo Subsidiado, así como los beneficiarios del Régimen Subsidiado y a los empleados privados que lo deseen.

La oficina principal del SENASA está ubicada la calle Presidente González, No. 19, Ensanche Naco, Santo Domingo, Distrito Nacional. No. de la central telefónica: (809)732-3821 No. de fax: (809)793-2607. Dirección de la página Web: www.arssenasa.gov.do Dirección de E-mail: [email protected]

¿Qué son las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS)?

Son entidades públicas, privadas o mixtas, descentralizadas, con patrimonio propio y personería jurídica, autorizada por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales a asumir y administrar el riesgo de la provisión del Plan Básico de Salud, a una determinada cantidad de beneficiarios, mediante un pago per cápita previamente establecido por el Consejo Nacional de Seguridad Social.

¿Cómo saber si una Administradora de Riesgos de Salud (ARS) está habilitada?

Buscando la información a través de la página Web de la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL), llamando a *462 ó comunicándose con la Dirección de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA).

Fuente de referencia: SISALRIL