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Excluyen aviones privados de incentivos fiscales en Ley de Aviación Civil

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Excluyen aviones privados de incentivos fiscales en Ley de Aviación Civil

La Cámara de Diputados acogió en única lectura las observaciones que hizo el Poder Ejecutivo a la Ley de Incentivo a la Aviación Civil, entre ellas la exclusión de los aviones privados de los incentivos fiscales que establece la legislación.

La normativa fue devuelta al Congreso Nacional por el presidente de la República, Luis Abinader, porque los congresistas le hicieron cambios que distorsionan la propuesta original.

Las observaciones a los artículos 2, 3, 6 y 16 establecen que se debe cambiar la palabra República Dominicana; excluir las aeronaves privadas, “porque se podría ver como un privilegio, desigualdad o equidad”; y la exclusión de la parte de carga, asímismo el plazo para los incentivos fiscales a 15 años, se redujo a cinco.

El Poder Ejecutivo indicó que las modificaciones no se corresponden con la propuesta inicial que sometió, la cual se circunscribía de forma exclusiva a crear régimen de incentivos fiscales para los vuelos comerciales internacionales de pasajeros, operados por aerolíneas dominicanas o extranjeras con establecimientos en el país.

“Así, el extendido de la ley aprobada afecta la proyección de las recaudaciones fiscales, contrario a la propuesta original, ya que incluye beneficios a actividades de la aviación que no estaban contempladas en el proyecto presentado por el Poder Ejecutivo. Esto porque el régimen de incentivos estaba previsto a recaer sobre una actividad de aviación nueva sobre la cual no se tenían expectativas ni proyecciones de recaudación fiscal”, destacó el jefe de Estado en la carta enviada al entonces presidente del Senado, Eduardo Estrella.