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JCE: 7 de enero es fecha límite para inauguración de obras por parte de alcaldías

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La Junta Central Electoral recordó las fechas a partir de las cuales no se podrán hacer actos inaugurales de obras públicas por parte de las alcaldías y el gobierno central.

Advirtió que estará dando estricto cumplimiento a las disposiciones legales que prohíben durante los 40 días previos a las elecciones la realización de actos inaugurales de obras públicas por el gobierno central y las alcaldías.

“De conformidad con el artículo 196 párrafo IV de la Ley 15-19, está prohibido durante los cuarenta días anteriores a la fecha fijada para la celebración de los comicios municipales y sesenta días anteriores a la fecha fijada para la celebración de los comicios presidenciales y congresionales, la realización de actos inaugurales de obras públicas por el gobierno central y las alcaldías”, establece un aviso publicado hoy por la JCE en medios impresos.

Indicó que el Gobierno central y las entidades públicas descentralizadas y alcaldías se abstendrán de realizar programas de apoyo social o comunitario, plazo que vence el 7 de enero del 2020, para el caso de las elecciones municipales.

Recordó que el 17 de enero de este año 2020, como la fecha límite para las creaciones, traslados o fusiones de colegios electorales y para la escogencia de los locales donde estos funcionarán.