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Poder Ejecutivo promulga nueva ley de transporte terrestre y seguridad vial

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SANTO DOMINGO. El Poder Ejecutivo promulgó este martes la ley de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, la cual crea el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT) como organismo rector a nivel nacional, con carácter financiero autónomo, que sustituye la antigua ley de transito 241 de 1967.

La nueva entidad, adscrita al Ministerio de Obras Públicas, suprime cinco instituciones que regulan el sector transporte: la Oficina Técnica del Transporte Terrestre (OTTT), la Dirección General de Tránsito Terrestre (DGTT), el Consejo para la Administración y Regulación de Taxis (CART), la Caja de Pensiones y Jubilaciones para los Choferes del Transporte Público y el Fondo de Desarrollo del Transporte Terrestre (Fondet).

La nueva ley crea, además, la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (DIGESETT), que agrupará a la Autoridad Metropolitana del Transporte (AMET) y la Autoridad Metropolitana del Transporte de Santiago (AMETRASAN), y se encargará de fiscalizar, sancionar las infracciones y controlar el transporte terrestre de pasajeros y carga y la seguridad vial, bajo la dependencia de la Policía Nacional.

La nueva ley estipula que ningún vehículo de motor podrá transportar un número de pasajeros mayor a la capacidad indicada por el fabricante, y se prohíbe la colocación asientos adicionales.

En el caso de niños de hasta 12 años de edad, deberán ser transportados en los asientos traseros del vehículo, salvo en los casos en que se trate de vehículos tipo camioneta de una cabina.

Las personas que conducen vehículos de transporte escolar, estarán obligados a renovar la licencia de operación al inicio de cada año escolar, además de pasar un examen médico y psicológico.

Los conductores del transporte público deberán ser mayores de 21 años y no exceder los 65. Se les exigirá un documento de buena conducta y no podrán poseer antecedentes penales.

Multas. Los conductores que violen la ley serán castigados desde un salario mínimo hasta 20, a los que provoquen incidentes lamentables de manera imprudente se le podrá cancelar la licencia de conducir desde uno a cinco años o reducirle de puntos al chofer por incurrir en violaciones.

Las personas que hayan sido multadas no podrán renovar licencia, revisar el vehículos ni traspasarlo a otro ciudadano hasta tanto pague dicha multa. El infractor tendrá un plazo de 30 días para pagar la multa o para impugnar ante un tribunal de transito la violación.