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Hoy se conmemora el 179 aniversario de la Constitución dominicana

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Hoy se conmemora el 179 aniversario de la Constitución dominicana

Este lunes se conmemora el 179 aniversario de la primera Carta Magna de República Dominicana, conocida también como “La Constitución de San Cristóbal”,  proclamada el 6 de noviembre de 1844.

La celebración tiene su origen en una misiva que el 20 de mayo de 1943, dirigiera Trujillo al entonces presidente de la Cámara de Diputados,   Lic. Porfirio Herrera Báez, inserta en el contexto de los preparativos para celebrar el primer centenario de la independencia nacional, efeméride histórica que el tirano aprovecharía al máximo para exaltar su imagen y legitimar el mito de su proceridad como  “continuador y verdadero realizador de la obra de los trinitarios».

El 24 de julio de 1844, la Junta Central Gubernativa dictó un decreto, a manera de Ley Electoral, convocando a los pueblos a elegir los miembros de la Asamblea Constituyente que debía redactar la nueva Constitución de la República. Los días del 20 al 30 de agosto fueron señalados para reunirse las Asambleas Electorales.

El Congreso Constituyente, además de redactar el Pacto Fundamental de la República, tenía el encargo de elegir el primer Ejecutivo Constitucional, y debía iniciar sus labores el 20 de septiembre.

Una vez electos, los diputados constituyentes se reunieron solemnemente en San Cristóbal a partir del 21 de septiembre de 1844. La elección de San Cristóbal, a unos treinta kilómetros de la capital, se hizo, según la afirmación del cónsul francés Eustache Juchereau de Saint-Denys, a fin de dejar a los diputados «toda la libertad de opinión y de acción y de sustraerlos a la influencia perniciosa del espíritu de partido». En principio se escogió el poblado de Guerra pero, debido a la falta de facilidades, el mismo Congreso Constituyente decretó el traslado a San Cristóbal.

Para presidente del Congreso fue elegido Manuel María Valencia, Diputado por Santo Domingo, y el día 26 del mismo mes una comisión de la Junta Central Gubernativa, escoltada por una compañía de dragones, fue a felicitar a los constituyentes por su instalación, pronunciando con tal motivo un largo discurso Tomás de Bobadilla, quien encabezaba la comisión.

Pero el acto formal de presentarse ante el Congreso Constituyente un portavoz del organismo que provisionalmente dirigía los destinos de la República, tenía dos objetivos principales: uno, el propósito de reconocerle u otorgarle a la Asamblea facultades especiales propias de un Congreso Nacional ordinario, ya que el discurso de Bobadilla en parte era un informe de las principales actividades del Poder Ejecutivo durante el tiempo que llevaba de vida la República; y el otro, recordarle a los constituyentes cuáles eran el tono y el compás de la política en aquellos momentos; en cuya virtud el orador se expresó en forma tal que los diputados pudiesen sacar sus propias conclusiones.

Hallándose el Congreso ocupado en las tareas preparatorias de su reglamento interior y del proyecto de Constitución, se produjo el primer rozamiento entre ese cuerpo legislativo y la Junta, con motivo de haberle remitido el organismo que ejercía las funciones del Poder Ejecutivo un proyecto de empréstito a los constituyentes para que, actuando como Congreso ordinario, conociesen de él y le diesen su aprobación.

La citada operación financiera había sido convenida entre el súbdito inglés Herman Hendrik, “vecino de la ciudad de Londres” y tres representantes nombrados por la Junta Central Gubernativa, por la cantidad de 1,500,000 libras esterlinas, pagaderos en treinta años al 5% de interés anual; operación que fue rechazada por el Congreso por considerarla demasiado usuraria y excesivamente perjudicial para la Nación.

La votación en contra del proyecto enviado por la Junta fue unánime. Santana nunca consideró la posibilidad de un rechazo y su indignación al tener conocimiento de la decisión del Congreso se manifestó por medio de un decreto de la Junta Central Gubernativa, de acuerdo con el cual este organismo se atribuía la facultad de enjuiciar a los legisladores por el crimen de traición a la Patria, y cuyos términos les fueron comunicados a los constituyentes, advirtiéndoles que desde aquel momento el organismo que ejercía las funciones del Poder Ejecutivo.